Artículo primero. El Gobierno Nacional por .conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, procederá a efectuar la emisión de los Bonos de Desarrollo Económico de la Clase "B", correspondiente al año de 1966, por un valor de setenta y siete millones quinientos sesenta y ocho mil ochocientos pesos ($ 77.568.800). El 'Ministerio de Hacienda y Crédito Público procederá conjuntamente con el Banco de la República y el Instituto de Fomento Industrial, a celebrarlos respectivos contratos de fideicomiso y garantía de los
Decreto 2162 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2162 de 1966 · Por el cual se fijan las denominaciones para los Bonos de Desarrollo Económico de la Clase "B", emisión de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.