Micelio

Artículo 2.2.5.10.1

Definición Del Complemento A La Población Atendida

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definición del complemento a la población atendida . Corresponde a la asignación adicional de recursos de la participación de Educación por el criterio de población atendida de que trata el artículo 16 de la Ley 715 de 2001, que se distribuye a las Entidades Territoriales Certificadas en las que se identifique insuficiencia de recursos para garantizar el costo mínimo de la prestación del servicio educativo.

Parágrafo

Los costos de la prestación del servicio educativo en los territorios de las Entidades Territoriales No Certificadas se tendrán en cuenta en la asignación prevista para el respectivo departamento, de conformidad con los términos del artículo 16 de la Ley 715 de 2001.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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