Micelio

Artículo 3

Los Almacenistas Tendrán Derecho A Devengar El Sueldo A Que Han Tenido Derecho, Hasta La Fecha En Que Se Produzca La Entrega Definitiva De Cada Una De Las Dragas Y Elementos Que Se Encuentran A Sus Cargos

Decreto 634 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas -Ramo de Navegación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Almacenistas tendrán derecho a devengar el sueldo a que han tenido derecho, hasta la fecha en que se produzca la entrega definitiva de cada una de las Dragas y elementos que se encuentran a sus cargos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 634 de 1951