ARTICULO 2 º. MODIFICAR . Las letras a), b) y c) del artículo 5º del Decreto 3192 de 1983, así: "a) Se suprime la parte que dice: "... que tendrán una altura de 0.30 metros mínimo." "b) Sección de lavado de envase. Esta sección debe contar con un sistema adecuado de lavado de botellas con un flujo de agua corriente. Las botellas nuevas podrán ser enjuagadas con agua corriente o sopladas con los dispositivos correspondientes, o con cualquier otra clase de mecanismo que garantice el desalojo de elementos o partículas extrañas o contaminantes." "c) Sección de proceso. En esta sección las diferentes etapas del proceso deben realizarse en óptimas condiciones sanitarias y de limpieza, en tal forma que su flujo sea secuencial, evitando manipulación y todo tipo de contaminación."
Decreto 365 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 365 de 1994 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3192 de 1983 y se dictan otras disposiciones sobre la materia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.