Micelio

Artículo 1403

Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1403. No ha lugar a esta acción,

1.° Si la evicción o la molestia procediere de causa sobreviniente a la partición;

2.°Si la acción de saneamiento se hubiere espresamente renunciado;

3.°Si el partícipe ha sufrido la molestia o la evicción por su culpa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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