Micelio

Artículo 2

Ley 43 de 1937 · Por la cual se auxilia la construcción de estadios municipales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación determinara las especificaciones que debe tener cada estadio municipal, en relación con la población, condiciones geográficas, climatéricas, etc., requisito sin el cual no podrá hacerse efectivo el auxilio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 43 de 1937