Micelio

Artículo 3

Este Decreto Rige Desde Su Publicación Y Deroga El Parágrafo Del Artículo 2º Del Decreto 861 De 1924

Decreto 1687 de 1986 · Por el cual se ordena el uso de la Bandera Nacional en las oficinas públicas del país y del exterior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Este Decreto rige desde su publicación y deroga el

Parágrafo

del artículo 2º del Decreto 861 de 1924.

Parágrafo

) DECRETO 861 de 1924 Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1687 de 1986