Micelio

Artículo 2

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Decreto 616 de 1977 · Por el cual se hacen un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977 (Ministerio de Agricultura) por $ 3.175.000.00

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° el presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 616 de 1977