Vigilancia . La Autoridad Nacional Competente coordinará con el Ministerio de la Protección Social y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las acciones que se deben aplicar para la vigilancia y manejo de desechos de plaguicidas. En el mismo sentido, las autoridades mencionadas tomarán las medidas preventivas de seguridad e higiene para atender contingencias como derrames, incendios y otras.
Decreto 502 de 2003 →Vigente
Artículo 15
Decreto 502 de 2003 · por el cual se reglamenta la Decisión Andina 436 de 1998 para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.