Micelio

Artículo 4

Decreto 2153 de 1999 · por el cual se reforman los sistemas y procedimientos contables y financieros utilizados para el manejo del pasivo pensional de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Con el fin de que en el año 2007 se haya acumulado un capital igual al setenta por ciento (70%) del pasivo pensional de la empresa a diciembre 31 de 1998, Ecopetrol deberá realizar un aporte anual al fondo por un período de ocho años, comprendido entre el año 2000 y el año 2007 (en adelante dicho período se denominará el "Período de Fondeo"), de la siguiente manera: El aporte anual será de 239.035 millones de pesos del 31 de diciembre de 1998. Esta cifra será ajustada de acuerdo con la variación de índices de precios al consumidor, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística. El ajuste de dicho valor será realizado aplicando la siguiente fórmula: A n = 239.035 millones de pesos * IPC n /IPC 0 Donde: A n : Es el aporte anual para el año n IPC n : Indice de Precios al Consumidor del mes anterior al que se realice el desembolso en el año n. IPC 0 : Indice de Precios al consumidor de diciembre de 1998. n = {2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007}

Parágrafo 1

El aporte anual de que trata el presente artículo será girado por Ecopetrol al patrimonio o patrimonios autónomos dentro de los primeros seis meses de cada año de giro. Dicho aporte anual deberá ser ajustado con la tasa de interés técnica utilizada en los cálculos actuariales de la empresa, siguiendo para el efecto la metodología de la Superintendencia de Sociedades, entre la fecha en que se calcule el monto del aporte anual y la fecha de giro de cada cuota.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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