Micelio

Artículo 2.17.3.2

Régimen De Ejecución De Los Recursos Transferidos

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen de ejecución de los recursos transferidos. Por tratarse de transferencias corrientes con fundamento en un mandato legal, y teniendo en cuenta el régimen legal aplicable a Corpoica, la ejecución por parte de esta de los recursos a que se refiere el artículo 20 de la Ley 1731 de 2014 podrá efectuarse en una o varias vigencias fiscales, considerando la naturaleza y extensión de las metas y resultados por cumplir. Los recursos de las transferencias con destinación específica al cumplimiento de las metas y resultados concertados se contabilizarán de conformidad con lo dispuesto en los Marcos Normativos expedidos por la Contaduría General de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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