Suprímanse las Oficinas postales y telegráficas de Tibírita (Departamento de Quesada) y Gachantivá (Departamento de Boyacá), desde el día 1. ° de Enero de 1907. Comuníquese y publíquese. Dado en Juntas de Apulo, á 14 de Diciembre de 1906. R. REYES El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho, LUCIANO HEBEEBA
Decreto 1493 de 1906 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1493 de 1906 · Por el cual se suprimen dos oficinas en el ramo postal y telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.