El presente Decreto rige a partir de 1a fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese. JULIO CÉSAR TURBAY AYALA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jaime García Parra
Decreto 1358 de 1980 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De 1a Fecha De Su Expedición
Decreto 1358 de 1980 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1980 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Agricultura, Trabajo y Seguridad Social, y Obras Públicas y Transporte) por $ 297.666.000
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.