Micelio

Artículo 5

Ley 116 de 1887 · Por la cual se promueve la gradual extinción del papel de curso forzoso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5° Las piezas de plata de cinco centavos (5 cs.) á la ley de seiscientos sesenta y seis milésimos (0,666), las de dos y medio centavos (0.2½) emitidas por la Nación y las de otros países, deterioradas ó desgastadas, serán cambiadas, á su presentación por los particulares en las Casa de moneda, por moneda de quinientos milésimos (0,500) y reacuñadas á esta ley por cuenta de la Nación.

Para atender el cambio inmediato de que trata este artículo se destinará del producto de la amonedación la cantidad que fuere necesaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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