Micelio

Artículo Único

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Octubre 9 De 1890

Ley 9 de 1890 · por la cual se aprueba un contrato sobre construcción y conservación de unas líneas telegráficas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. único. Apruébese el contrato de 13 de septiembre del presente, año celebrado con el Sr. Leonardo Uribe C. con la siguiente modificación al punto 5º:

"5.° El Contratista se obliga también a construir una nueva línea telegráfica entre las ciudades del Socorro y Ocaña, así: del Socorro a San Gil, de Zapatoca a Bucaramanga, pasando por Girón y Lebrija, y de Ríonegro a La Cruz y Ocaña, y a entregarla construida un año después de que haya sido definitivamente aprobado el presente contrato¨

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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