Micelio

Artículo 1

Suspensión Del Gobernador De Vaupés

Decreto 270 de 2024 · Por el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al señor Jesús María Vásquez Caicedo, en su calidad de Gobernador del departamento de Vaupés, para la época de los hechos, en cumplimiento de una decisión de la Procuraduría General de la Nación.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Suspensión del Gobernador de Vaupés . Hacer efectiva la sanción disciplinaria impuesta al señor Jesús María Vásquez Caicedo, identificado con la cédula de ciudadanía 18202466 de Mitú, en su condición de Gobernador de Vaupés para el periodo constitucional 2016-2019, consistente en la suspensión en el ejercicio del cargo por el término de cuatro (4) meses, convertida en el equivalente al salario devengado para la época de los hechos, esto es la suma de cuarenta y tres millones cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos sesenta y cuatro pesos moneda legal colombiana ($43.499.264), en cumplimiento de la decisión adoptada por la Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 3 de la Procuraduría General de la Nación, dentro del proceso con radicación IUS E-2018-212815/ IUC-D-2018-1116932.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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