Micelio

Artículo 19

Los Empleados Que Ejerzan Funciones En Virtud De Designación Hecha Como Resultado De Concursos, No Podrán Ser Reemplazados, Destituidos O Descendidos Por Incapacidad O Mala Conducta, O Cualquiera Otra Causa Legal, Sino Previo Un Juicio De Responsabilidad Iniciado Y Definido Conforme A Las Normas Del Procedimiento

Decreto 966 de 1937 · Por el cual se clasifica el personal de los establecimientos de prevención y pena de la República, se adopta el sistema de selección y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados que ejerzan funciones en virtud de designación hecha como resultado de concursos, no podrán ser reemplazados, destituidos o descendidos por incapacidad o mala conducta, o cualquiera otra causa legal, sino previo un juicio de responsabilidad iniciado y definido conforme a las normas del procedimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 966 de 1937