Micelio

Artículo 19

Los Empleados Que Ejerzan Funciones En Virtud De Designación Hecha Como Resultado De Concursos, No Podrán Ser Reemplazados, Destituidos O Descendidos Por Incapacidad O Mala Conducta, O Cualquiera Otra Causa Legal, Sino Previo Un Juicio De Responsabilidad Iniciado Y Definido Conforme A Las Normas Del Procedimiento

Decreto 966 de 1937 · Por el cual se clasifica el personal de los establecimientos de prevención y pena de la República, se adopta el sistema de selección y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados que ejerzan funciones en virtud de designación hecha como resultado de concursos, no podrán ser reemplazados, destituidos o descendidos por incapacidad o mala conducta, o cualquiera otra causa legal, sino previo un juicio de responsabilidad iniciado y definido conforme a las normas del procedimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 966 de 1937