Las obras inéditas de Cuervo, legadas por el generosamente a la República, se publicaran á costa del Tesoro Nacional, á medida que la situación de ese lo vaya permitiendo. Los manuscritos de dichas obras se guardarán, lo mismo después de publicarlos que antes de ello, de suerte que en lo humanamente posible queden garantidos contra el fuego y contra cualesquiera otras causas de destrucción ó de simple daño, y se les considerará y tratará como uno de los mayores y más preciosos tesoros de Colombia.
Ley 1 de 1911 →Vigente
Artículo 3
Ley 1 de 1911 · Sobre honores a la memoria del señor don Rufino José Cuervo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.