Queda prohibida la fundición de monedas de plata, que será castigada con una multa igual al valor del metal fundido. No se permitirá tampoco negociar en monedas de plata desde la fecha que se señale para que cese el poder liberatorio de ellas. La infracción de este precepto se castigará con una multa igual al valor de la cantidad negociada.
Ley 8 de 1935 →Vigente
Artículo 7
Ley 8 de 1935 · Por la cual se modifica el régimen de la moneda fraccionaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.