Micelio

Artículo 3.6.3.7

- De La Emision De Titulos

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3.6.3.7.- DE LA EMISION DE TITULOS. Las sumas provenientes de las suscripciones del público, se acreditarán mediante títulos representativos de la parte o partes alícuotas de los valores que integran el fondo. Los títulos que emita la sociedad administradora de inversión, se denominarán “Certificados de Inversión” y serán nominativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 653 de 1993