Micelio

Artículo 9

Los Administradores De Correos Y Telégrafos Con Sede En Las Capitales De Los Departamentos, Diferentes De Bogotá, Serán Jefes Responsables Directos De La Buena Marcha Del Servicio En El Departamento De Su Jurisdicción Y Tendrán Carácter De Visitadores Generales De Correos Y Telégrafos En Su Respectiva Sección

Decreto 1360 de 1950 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Administradores de Correos y Telégrafos con sede en las capitales de los Departamentos, diferentes de Bogotá, serán Jefes responsables directos de la buena marcha del servicio en el Departamento de su jurisdicción y tendrán carácter de Visitadores Generales de Correos y Telégrafos en su respectiva Sección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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