Micelio

Artículo 1

Decreto 1370 de 1948 · Por el cual se ordena la ocupación y la expropiación de unos edificios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Gobierno procederá inmediatamente a ocupar los edificios existentes en la manzana comprendida entre la carrera séptima y octava y entre las calles séptima y octava, de la ciudad de Bogotá.

Parágrafo

Los ocupantes de los edificios a que se hace referencia en este artículo, serán indemnizados en debida forma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1370 de 1948