Ley 906 de 2004 · por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Requerimiento por otra autoridad. En caso de que el acusado fuere requerido por otra autoridad judicial, emitido el fallo absolutorio, será puesto a disposición de quien corresponda.
Si el fallo fuere condenatorio, se dará cuenta de esta decisión a la autoridad que lo haya requerido.
T I T U L O V
SUSPENSIONES DE LA AUDIENCIA DEL JUICIO ORAL
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.