Para los efectos de lo dispuesto en esta Ley, en los Presupuestos de las próximas vigencias se incluirán las correspondientes partidas, y en caso de omitirlas, el Gobierno queda ampliamente facultado para abrir créditos adicionales y efectuar las traslaciones presupuestales a que hubiere lugar.
Ley 56 de 1964 →Vigente
Artículo 8
Ley 56 de 1964 · Por la cual se atribuye a la Empresa Puertos de Colombia la transformación urbanística de la ciudad de Buenaventura, ordenada por las Leyes 63 de 1931 y 185 de 1959, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.