Prestaciones. Los Auxiliares Bachilleres del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria Nacional, mientras presten el Servicio Militar Obligatorio, tendrán derecho a los beneficios que establece la Ley 48 de 1993 y el Decreto 2048 de 1993 o la norma que lo compile, sustituya, modifique o adicione.
(Decreto 537 de 1994 artículo 22)