Micelio

Artículo 37

El Departamento De Lucha Antileprosa Estará A Cargo De Un Jefe, Quien Dirigirá La Campaña Contra La Lepra En Todos Sus Aspectos, En El Territorio De La República

Decreto 2392 de 1938 · poor el cual se organiza el Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión Social.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento de Lucha Antileprosa estará a cargo de un Jefe, quien dirigirá la campaña contra la lepra en todos sus aspectos, en el territorio de la República. A su cuidado tendrá todas las dependencias de la campaña existentes hoy y las que se establezcan en el futuro: dirección de leprocomios, dispensarios antileprosos, médicos visitadores de lucha antileprosa, secciones de lucha antileprosa de las Unidades y Comisiones Sanitarias, asilos, hospitales, sanatorios, preventorios, etc. A su cargo tendrá el control de todos los curados sociales y colaborará con el Departamento de Protección Infantil, en la acción que se desarrolle para el aislamiento defensa, educación, vigilancia sanitaria y formación de los niños sanos hijos de enfermos de lepra. Corresponde a este Departamento vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y de las que se dicten en el futuro para unificar la lucha antileprosa en todo el territorio de la República. Departamento de Protección Infantil y Materna.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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