Los reglamentos generales tienen por objeto precisar para cada seguro, de acuerdo con la ley y cualquiera que sea la institución que los administre, los derechos y obligaciones de los asegurados y demás beneficiarios; de los patronos y del Estado, cuando actúe como contribuyente a las cotizaciones. Los reglamentos especiales tienen por objeto sentar las normas necesarias para la aplicación de cada seguro en relación con las entidades a cuyo cargo esté su administración, así como parar la efectividad de los derechos y obligaciones previstas en los reglamentos generales. Los reglamentos internos tienen por objeto establecer normas sobre materias técnicas, administrativas y de servicio, relativas a las actividades propias del Instituto y de las Cajas.
Decreto 4225 de 1948 →Vigente
Artículo 22
Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.