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Artículo 22

Las Providencias Dictadas Por Las Juntas Seccionales Del Escalafón Admitirán Por Una Vez Recurso De Reposición Y Tendrán Segunda Instancia Las Definitivas Por Consulta O Apelación Ante La Junta Central

Decreto 1488 de 1946 · por el cual se reglamenta la Ley 97 de 1945, sobre Escalafón de Enseñanza Primaria y prestaciones sociales para los maestros.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las providencias dictadas por las Juntas Seccionales del Escalafón admitirán por una vez recurso de reposición y tendrán segunda instancia las definitivas por consulta o apelación ante la Junta Central.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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