Autorización turno de vacaciones. Con base en la anterior disposición, el turno para uso de vacaciones por parte de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, con indicación de lapsos y fechas de iniciación, será elaborado por las siguientes entidades para el personal bajo su dependencia y comunicado al Comando de Fuerza respectivo. Aprobado el turno por el Comando de Fuerza se publicará por las órdenes del día correspondientes, así
Comando General de las Fuerzas Militares.
Comandos de Fuerza.
Escuela Superior de Guerra.
Secretaría General del Ministerio de Defensa.
Institutos descentralizados adscritos o vinculados al Ministerio de Defensa Nacional.
Comandos de Unidad Operativa, Fuerza Naval y Comandos Aéreos.
Institutos de Formación y Capacitación de Oficiales y Suboficiales.
Comandos de Batallón, Grupo, Bases Navales y Fluviales, Unidades a Flote y Apostaderos Navales.