º Las loterías que efectúen sorteos ordinarios semanales adoptarán planes de premios cuya vigencia no será menor a un año. La adopción de los planes de premios se sustentara mediante un estudio técnico de mercado, con justificación de los objetivos financieros, comerciales y de ventas que cada lotería proyecte alcanzar con el nuevo plan.
Si antes de que haya vencido el período mínimo de vigencia se presentara la necesidad de adoptar un nuevo plan de premios, la lotería interesada deberá demostrar, mediante un estudio de carácter técnico, las razones administrativas, financieras, comerciales y de ventas para tomar tal determinación.