Micelio

Artículo 1

Ley 45 de 1905 · Por la cual se adiciona la 56 de 1890

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1° Además de los casos determinados en el artículo 1° de la Ley 56 de 1890 , sobre explotación por causa de utilidad pública, constituye grave motivo de conveniencia nacional, para el efecto de decretar la enajenación forzosa en favor de la República de las propiedades particulares, lo siguiente:

1° La explotación, ensanche y mejora de las minas de sal y fuentes saladas que carezcan del combustible adecuado ó de los terrenos adyacentes indispensables para el buen servicio de ellas; y

2° En general la adquisición, conservación, mejora y ensanche de las obras que á juicio del Gobierno sea necesario implantar en las propiedades nacionales que sean fuentes de recursos fiscales, ó cuya área sea conveniente ensanchar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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