Micelio

Artículo 5

Muerte Al Animal

Ley 2455 de 2025 · por la cual se fortalece la lucha contra el maltrato animal y se actualiza el Estatuto Nacional de Protección de los Animales Ley 84 de 1989 - Ley Ángel.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 339A de la Ley 599 de 2000 , así:

Artículo 339A. Muerte al animal. El que, maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado causándole la muerte, incurrirá en pena de prisión de treinta y dos (32) a cincuenta y seis (56) meses, inhabilidad especial de dos (2) a cinco (5) años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, prohibición de adquisición, tenencia, cuidado y refugio de animales y multa de treinta (30) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Parágrafo

Se exceptúa la muerte del animal doméstico con fines de consumo evitando el sufrimiento innecesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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