Micelio

Artículo 19

Decreto 4765 de 2008 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Técnica de Asuntos Internacionales . Son funciones de la Dirección Técnica de Asuntos Internacionales, las siguientes

1.

Apoyar a la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria en la formulación, preparación y desarrollo de planes, programas, proyectos, medidas y procedimientos relacionados con la cooperación técnica internacional y los negocios internacionales.

2.

Proponer, analizar y participar en el seguimiento a los acuerdos y tratados en materia fitosanitaria y zoosanitaria, en los cuales el Instituto desarrolla actividades de su competencia.

3.

Preparar los documentos técnicos que permitan la armonización de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias-MSF- emitidas por el Instituto, con los organismos internacionales de referencia, cuando sea el caso.

4.

Coordinar con otras autoridades sanitarias la unificación de la posición del país, en materia sanitaria y fitosanitaria que será presentada en los diferentes foros internacionales.

5.

Proponer, a través de la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria, los planes y programas necesarios para el mejoramiento del estatus sanitario, que faciliten el acceso a los mercados internacionales.

6.

Mantener un sistema de información sobre el desarrollo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias-MSF- en el marco internacional, de manera que se puedan emitir oportunamente conceptos y propuestas a las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias que se encuentran en discusión internacional.

7.

Difundir, en coordinación con las dependencias responsables, las directrices internacionales en Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

8.

Apoyar el desarrollo de los procesos sanitarios necesarios para facilitar el acceso real a los mercados internacionales y soportar los procesos e información sanitaria necesaria para que los procesos de importación cumplan con los estándares sanitarios y fitosanitarios nacionales.

9.

Participar activamente en los foros técnicos internacionales y grupos de negociación de acuerdos comerciales relacionados con las competencias del Instituto.

10.

Coordinar con las demás dependencias del Instituto los asuntos de su competencia.

11.

Responder por los programas o proyectos del Instituto que le competen a la Dirección Técnica.

12.

Participar en la implementación, desarrollo y sostenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad y del Modelo Estándar de Control Interno.

13.

Presentar a la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria los informes que le sean solicitados.

14.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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