Todo individuo que a sabiendas, y fuera de los casos en que las autoridades competentes hayan autorizado su enajenación, adquiera a cualquier título o reciba en prenda alguna o algunos de los elementos a que se refieren los tres artículos anteriores, será castigado con las mismas penas señaladas en dichos artículos para los autores principales de los correspondientes delitos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.