De la cobertura mínima semanal del programa de aseo. En todos los Municipios, el Distrito Especial y las áreas metropolitanas la entidad responsable del manejo de los residuos sólidos tendrá la obligación de prestar el servicio de aseo con una cobertura semanal no menor del noventa por ciento (90%) de la producción de residuos sólidos en el mismo.
Decreto 2104 de 1983 →Vigente
Artículo 142
De La Cobertura Mínima Semanal Del Programa De Aseo
Decreto 2104 de 1983 · Por el cual se modifica parcialmente el artículo 2º del Decreto número 1294 de 23 de abril de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.