Micelio

Artículo 1

Una Vez Obtenidos Los Créditos De Que Trata El Artículo 4o

Decreto 487 de 1929 · Por el cual se reglamenta la Ley 106 de 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Una vez obtenidos los créditos de que trata el artículo 4o. de la ley 106 de 1928, el ministerio de guerra procederá a contratar con la sociedad colombo- alemana de transportes aéreos la explotación y reconocimiento de las regiones del Caquetá y putumayo, el levantamiento del mapa correspondiente, la fijación de los puntos para aterrizaje y acuatizaje de los aviones, determinación de las rutas, mensura de las distancias y el estudio científico de todos sus pormenores para poder establecer el Servicio de los correos, el transporte de pasajeros, etc., etc. en una forma económica y eficaz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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