Micelio

Artículo 5

º Cambio Cultural Juridico E Institucional

Decreto 591 de 1994 · por el cual se define y regula el Programa para la Juventud, la Mujer y la Familia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º CAMBIO CULTURAL JURIDICO E INSTITUCIONAL . Para tal efecto, el PPJMF desarrollará las siguientes funciones: Contribuir a la formulación de iniciativas legislativas relacionadas con la población objetivo y velar para que en las mismas se mantengan los principios de desarrollo integral y humano y se propenda por el mejoramiento de la condición y posición de estos grupos al interior de la sociedad. Presentar recomendaciones al Gobierno respecto a las leyes en proceso de reglamentación que involucren las poblaciones objetivo. Contribuir a través de diversos mecanismos a un cambio cultural y de actitudes frente al viejo, la mujer y el joven. Coordinar los distintos niveles del Estado para que se incorpore el enfoque poblacional en los procesos de planeación y ejecución de planes programas y proyectos de desarrollo social. Brindar asistencia técnica a las entidades territoriales para la incorporación del enfoque poblacional en sus respectivos planes de desarrollo en la elaboración de los documentos Conpes y en la asignación de los recursos de inversión social incluyendo los procesos de cofinanciación. Convocar y concertar con las entidades no gubernamentales la incorporación del enfoque poblacional en el ejercicio de sus actividades. Coordinar y concertar con las entidades territoriales la ejecución de proyectos que desarrollen las políticas del PPJMF. Asesorar a las entidades territoriales y organismos no gubernamentales para la formulación y presentación de proyectos de cofinanciación que involucren las poblaciones objetivo del PPJMF. Apoyar en forma subsidiaria a las entidades territoriales para el cumplimiento de sus funciones y la prestación de los servicios a su cargo en la relación a las poblaciones objetivos. Suscribir convenios para implantación de las políticas y/o para cofinanciación con los entes territoriales que contribuyan a desarrollar las líneas programáticas de la estrategia del PPJMF. Hacer seguimiento a los compromisos asignados a las distintas entidades públicas de los documentos Conpes relacionados con el PPJMF. Promover a través de los Interlocutores regionales del PPJMF la aceptación difusión ejecución y seguimiento de las acciones contenidas en los documentos Conpes regionales así como el establecimiento de mecanismos de retroalimentación a los distintos estamentos para el ajuste de dichos documentos. Capacitar en los objetivos, proyectos y estrategias del PPJMF así como en los temas de la legislación vigente y de las ofertas institucionales del Estado a las administraciones regionales y locales a las comunidades y a las organizaciones sociales. Suscribir los contratos que se requieran para el cumplimiento de las anteriores funciones. Las demás acciones que se requieran para el cumplimiento de las funciones aquí señaladas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 591 de 1994