Son obligaciones del remitente, entre otras
Indicar a la empresa con la cual contrate el transporte el nombre y dirección del destinatario, el lugar de entrega, el contenido, peso, valor, número y volumen de las cosas;
Entregar al transportador las mercancías peligrosas debidamente embaladas y rotuladas, conforme a las convenciones internacionales aprobadas por la autoridad nacional, a fin de que su manejo se efectúe dentro de las seguridades adecuadas, además de las que se deriven de su propia naturaleza;
Suministrar a la empresa los documentos necesarios para el cumplimiento de las normas y reglamentos de aduana, sanidad, policía y demás autoridades; precisar las condiciones de peligro o de cualquier otra índole relacionadas con las mercancías a transportar;
Dejar constancia de la forma como entregó la mercancía al transportador, para que en idénticas condiciones sea entregada al destinatario, bien sean inventariadas, al peso, granel paletizadas o como unidades cerradas y selladas sin verificar su contenido. En este último caso, se especificará con claridad el estado del empaque, zunchos, precintos y demás seguridades externas como elementos de confrontación al recibo por parte del destinatario;
Contratar el servicio directamente con una empresa de transporte, con licencia de funcionamiento vigente, salvo lo previsto en el
del artículo 10 de este Estatuto. CAPITULO IV Documentos del transporte .