Micelio

Artículo 7

Ley 11 de 1960 · Por la cual se crean unos Juzgados en la ciudad de Armenia, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que el gasto que demande el cumplimiento de esta Ley no fuere incluido en el Presupuesto de la próxima vigencia autorízase al Gobierno Nacional para hacer los traslados y apropiaciones necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1960