Hácense extensivas a las drogas en general, a los alimentos de preparación especial y a los cosméticos, las disposiciones que regulan la fabricación, importación y venta de especialidades farmacéuticas.
Ley 32 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Ley 32 de 1948 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre drogas, alimentos y cosméticos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.