Micelio

Artículo 2.7.1.4.9

Funciones Del Comité Técnico Asesor

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del comité técnico asesor. Son funciones del Comité Técnico Asesor:

1.

Evaluar técnicamente los programas y proyectos presentados a consideración del Fon­do por las comunidades y pueblos indígenas susceptibles de financiación con los re­cursos del Fondo Cuenta para el Buen Vivir de acuerdo con las líneas de inversión establecidas en el artículo 2.7.1.4.5. de este decreto.

2.

Recomendar al Ministerio de Interior y a las organizaciones indígenas en el marco de la MPC, con su debida sustentación técnica, la concertación y determinación de los programas y proyectos para la financiación con los recursos del Fondo Cuenta para el Buen Vivir.

3.

Presentar tres (3) informes anuales a la Mesa Permanente de Concertación sobre el seguimiento del estado de los programas y proyectos concertados, evaluados y finan­ciados con recursos del Fondo Cuenta para el Buen Vivir y generar las alertas cuando a ello haya lugar.

4.

Darse su propio reglamento.

5.

Velar por la correcta y eficiente gestión del Fondo Cuenta para el Buen Vivir.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015