Artículo primero. Autorízase al Alcalde del Municipio de Bogotá para ceder, a título gratuito a la Nación, con destino al Instituto Nacional de Medicina Legal, la propiedad y dominio que tiene el Municipio sobre un lote de terreno situado en la carrera 12-A, distinguido con el número 7-59 y comprendido dentro de los siguientes linderos: "Norte, en 30 metros, con predio situado en la carrera 12 A, número 7-71, inscrito a nombre de Guillermo Albornoz López; Sur, en 30 metros con predio de propiedad municipal (Escuela República de Chile), situado en la calle 7ª, números 12-58/78; Este, en 18 metros con carrera 12-A; Oeste, en 19.40 metros con el Instituto de Medicina Legal".
Decreto 2332 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2332 de 1953 · Por el cual se confiere una autorización al Alcalde de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.