Empresas de servicios de apoyo. Las empresas que presten servicios de apoyo en las Zonas Francas, tales como restaurantes, cafeterías, hoteles, servicios de vigilancia, de aseo y mantenimiento, de salud, guarderías, de transporte, se podrán instalar y operar en las Zonas Francas sin los beneficios que concede el régimen a los Usuarios.
Decreto 2233 de 1996 →Vigente
Artículo 69
Empresas De Servicios De Apoyo
Decreto 2233 de 1996 · Por el cual se establece el régimen de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.