Son penas accesorias, cuando no se establezcan como principales, las siguientes:
Prohibición de residir en determinado lugar.
Publicáción especial de la sentencia.
Interdicción de derechos o funciones públicas.
Prohibición o suspensión del ejercicio de un arte o profesión.
Pérdida de toda pensión, jubilación o sueldo de retiro de carácter oficial.
Caución de buena conducta.
Relegación en las colonias agrícolas penales.
Pérdida o suspensión de la patria potestad.
Expulsión del territorio nacional, para los extranjeros.