Micelio

Artículo 3

Ley 36 de 1880 · Por la cual se fomenta una obra de utilidad nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponderá a las Juntas administradoras de los fondos de salinas de que habla el artículo 443 del Código Fiscal, vijilar sobre la aplicacion o inversion que se dé al ausilio de que trata la presente lei.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1880