Micelio

Artículo 6

Decreto 101 de 1874 · En ejecución de la lei 4° del mismo año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.º Todo alumno oficial debe tener en esta ciudad una persona que le provea de los libros, útiles i demás cosas que necesite en calidad de educando interno, i que le dé asistencia en caso de enfermedad grave o de espulsion de la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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