Responsabilidad de las empresas. Las Empresas de Medicina Prepagada, responderán civil y administrativamente, por todos los perjuicios que ocasionen a los usuarios en los eventos de incumplimiento contractual y especialmente en los siguientes casos
Cuando la prestación de los servicios ofrecidos contraríe lo acordado en el contrato.
Cuando se preste el servicio en forma directa, por las faltas o fallas ocasionadas por alguno de sus empleados, sean éstos del área administrativa o asistencial, sin perjuicio de las sanciones a que pueda dar lugar la violación de las normas del Código de Etica Médica. CAPITULO VII Régimen de prohibiciones y sanciones.