º Los envíos de esta naturaleza que no se ajusten a las disposiciones, no serán admitidos, en ningún caso, por los Administradores de Correos.
Decreto 872 de 1922 →Vigente
Artículo 4
Los Envíos De Esta Naturaleza Que No Se Ajusten A Las Disposiciones, No Serán Admitidos, En Ningún Caso, Por Los Administradores De Correos
Decreto 872 de 1922 · Por el cual se reforma el artículo 245 del Código Postal y Telegráfico y se dictan otras disposiciones sobre encomiendas del interior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.