Micelio

Artículo 13

Decreto 754 de 1982 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 84 de 23 de enero de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ser Director de la institución se requiere: Ser Oficial General de las Fuerzas Militares en servicio activo o en retiro, y además cumplir con uno de los siguientes requisitos

a)

Haber sido en propiedad, Director o Comandante de un instituto de formación o capacitación de Oficiales, por un lapso no inferior a un año.

b)

Haber sido profesor militar con experiencia mínima de cinco años.

c)

Poseer título en carrera universitaria cuyo plan oficial de estudio haya exigido o exija un mínimo de cinco años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 754 de 1982