Dentro del término de un mes contado a partir de la fecha en que el Consejo de Estado declare que el contrato se ajusta a la ley, el concesionario deberá solicitar al Ministerio que señale la fecha en que haya de realizarse la diligencia de entrega material de la zona concedida. El Ministerio librará de oficio a la Alcaldía o Alcaldías respectivas el despacho contentivo del cartel que con el solo objeto de dar noticia de la entrega a los interesados se fijará por el término de quince días comunes y se hará conocer por bandos que se leerán en los días de concurso que ocurran durante dicho término. La diligencia se realizará a costa del Ministerio por el funcionario o funcionarios que éste designe, y de ella se extenderá un acta firmada ante testigos por los comisionados y el interesado, cuyo original se agregará al expediente. La entrega se entiende consumada en el momento en que sea firmada el acta.
Decreto 805 de 1947 →Vigente
Artículo 35
Dentro Del Término De Un Mes Contado A Partir De La Fecha En Que El Consejo De Estado Declare Que El Contrato Se Ajusta A La Ley, El Concesionario Deberá Solicitar Al Ministerio Que Señale La Fecha En Que Haya De Realizarse La Diligencia De Entrega Material De La Zona Concedida
Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.